Obligaciones fiscales como autónomo

Ser un autónomo no solo conlleva la responsabilidad de administrar su propio negocio, sino también cumplir con una serie de obligaciones fiscales que pueden resultar complejas y desafiantes.
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Índice de contenidos

En este artículo, exploraremos en detalle las obligaciones fiscales que los autónomos enfrentan 

¿Qué es una obligacón fiscal?

Las obligaciones fiscales se refieren a las responsabilidades en las que el Estado actúa como acreedor, buscando recaudar fondos a través de la imposición de impuestos.  

En el contexto de los trabajadores autónomos, estas obligaciones fiscales son esenciales, ya que implican el pago de tributos al Estado para poder ejercer su actividad laboral de manera legal. 

Estas responsabilidades fiscales no solo se limitan al pago de impuestos, sino que también engloban una serie de procedimientos obligatorios que deben llevarse a cabo al darse de alta como autónomo. 

Obligaciones fiscales

Alta en la agencia tributaria

El primer paso y requisito fundamental es darse de alta en la Agencia Tributaria de Hacienda. Lo podrás hacer a través de la web de la Agencia Tributaria (AEAT). 

En primer lugar, se debe presentar ante la AEAT una declaración censal utilizando el modelo 036 o el modelo 037. En este trámite, se especifica la ubicación donde se llevará a cabo la actividad, así como la descripción detallada de las actividades empresariales o profesionales que se ejercerán. Para este fin, se deben seleccionar los epígrafes correspondientes del Impuesto de Actividades Económicas (IAE), los cuales están regulados por el Real Decreto Legislativo 1175/1990. Este paso inicial es esencial para establecer la base fiscal de la actividad autónoma y asegurar el cumplimiento normativo. 

La Agencia Tributaria te ofrece una guía práctica de la declaración censal de alta, modificación y baja en el censo de empresarios, profesionales y retenedores dónde podrás ampliar información sobre este trámite.  

Impuestos

Estos dos impuestos, el IRPF y el IVA, representan los pilares fundamentales de las obligaciones fiscales de un autónomo. El manejo adecuado de estos tributos, así como el cumplimiento puntual de sus declaraciones y pagos, son esenciales para mantener la salud financiera de un negocio autónomo y evitar sanciones por parte de las autoridades fiscales. 

  • Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA): El IVA grava las ventas y el consumo. Los autónomos actúan como intermediarios en este proceso, ya que deben cobrar el IVA a sus clientes por los bienes o servicios que ofrecen y luego pagar a Hacienda la diferencia entre el IVA que han cobrado (IVA repercutido) y el IVA que han pagado en sus compras y gastos (IVA soportado). El IVA se declara y liquida de forma periódica, generalmente de manera trimestral o mensual, dependiendo del volumen de facturación. 
  • Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF): Este es un tipo de impuesto para autónomos que se aplica a las ganancias generadas por la actividad empresarial o profesional. La cuantía a pagar se determina en función de los ingresos y gastos relacionados con la actividad, y puede liquidarse de manera trimestral o anual, dependiendo del régimen de tributación elegido y del nivel de ingresos. Para tributar por este impuesto, podrás seleccionar entre: 
  • Régimen de estimación directa (normal o simplificada): En la estimación directa, se calcula el impuesto en función de los ingresos reales y los gastos deducibles de la actividad. Este método permite una mayor precisión en la tributación, ya que se ajusta a la situación financiera real del autónomo. El de estimación simplificada, es el régimen más popular entre autónomos que desempeñan una actividad normal, evitando tener que llevar una contabilidad más complicada. Para autónomos con facturaciones superiores a 600.000€ al año, se recomienda la estimación normal. En este régimen, el autónomo tiene dos posibilidades para pagar el IRPF: mediante modelos trimestrales del 130 o mediante retenciones de IRPF en las facturas emitidas a otros negocios o autónomos.  
  • Régimen de estimación objetiva: También conocido como «Módulos», este régimen simplificado permite a los autónomos tributar utilizando coeficientes establecidos por la Agencia Tributaria en función de la actividad económica. Este enfoque simplifica la declaración de impuestos al eliminar la necesidad de calcular los ingresos y gastos reales, pero puede no ser la opción más adecuada para todas las actividades, ya que puede llevar a una tributación excesiva en algunos casos.

 

Los autónomos deben cumplir con sus obligaciones fiscales mediante la presentación de diversos modelos tributarios.  

Estos formularios permiten declarar y liquidar los impuestos relacionados tanto con el IVA mediante modelos que comienzan con «3XX,» como con IRPF a través de modelos que comienzan con «1XX.» 

La presentación de estos formularios puede ser de manera trimestral o anual, dependiendo de la naturaleza de la actividad y otros factores. Algunos de estos modelos son obligatorios para todos los trabajadores autónomos, mientras que otros solo deben presentarse en situaciones específicas o cuando se cumplen ciertos requisitos.  

Modelos tributarios trimestrales

Los formularios trimestrales deben ser presentados dentro de los primeros 20 días naturales de los meses de enero, abril, julio y septiembre, y cada uno de ellos recopila información específica correspondiente a un trimestre en particular. 

Las fechas para las presentaciones trimestrales del IRPF (modelo 130/131), IVA (modelo 303) y retenciones del IRPF (modelo 111, 115) son: 

  1. Primer trimestre: del 1 al 20 de abril 
  2. Segundo trimestre: del 1 al 20 de julio 
  3. Tercer trimestre: del 1 al 20 de octubre 
  4. Cuarto trimestre: del 1 al 30 de enero 

Los formularios trimestrales más comunes son los siguientes: 

  • Modelo 111: Este formulario es esencial para cumplir con el pago de las retenciones correspondientes a los empleados o colaboradores que hayas contratado en tu actividad. 
  • Modelo 115: Este documento se utiliza (si aplica) para efectuar el pago de las retenciones relacionadas con el alquiler de un local donde desarrollas tu actividad profesional. 
  • Modelo 130: Con este formulario, se efectúan los pagos fraccionados del IRPF en el régimen de estimación directa, tanto en su modalidad normal como simplificada. 
  • Modelo 131: Similar al modelo 130, este formulario tiene el mismo propósito, pero se aplica exclusivamente a los autónomos que operan bajo el régimen de estimación objetiva o «módulos.» 
  • Modelo 303: Este formulario corresponde al IVA. Su función es declarar y liquidar la diferencia entre el IVA repercutido a tus clientes y el IVA soportado en tus compras y gastos. 
  • Modelo 349: En este formulario, se detallan todas las operaciones intracomunitarias que se han realizado durante el período correspondiente. 

Modelos tributarios anuales

Los formularios tributarios anuales suelen funcionar como resúmenes consolidados de los formularios trimestrales correspondientes al año fiscal previo. Estos formularios anuales deben presentarse típicamente entre el 1 y el 30 de enero del año siguiente al que se refieren. 

Los más comunes son los siguientes: 

  • Modelo 100: Este formulario corresponde a la declaración de la renta de los autónomos y debe presentarse entre los meses de abril y junio 
  • Modelo 180: Se trata de un formulario informativo que resume todas las declaraciones y pagos realizados a través del modelo 115 durante el año fiscal. 
  • Modelo 190: Este formulario es informativo y consolida toda la información declarada trimestralmente en el modelo 111 a lo largo del año. 
  • Modelo 347: Es un formulario informativo utilizado para declarar todas las operaciones con clientes y proveedores que superen los 3,005.60 euros durante el año fiscal. 
  • Modelo 390: Este formulario informativo resume todas las declaraciones trimestrales presentadas a través del modelo 303 durante el año fiscal. 

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